Embarazo no deseado | Dr. Amselem - Gine3

11 de junio de 20170

Se puede definir como el embarazo que no ha sido buscado. Es una situación distorsionante, en especial en la adolescencia, ya que afectará a diferentes esferas, como la situación familiar, económica, personal y de pareja, proyecto de futuro,…

Basado en la exposición del Dr. David Amselem. Ginecólogo

Tanto la decisión de continuación como la de interrupción, precisarán por todo lo anterior de una valoración pausada, y aconsejable que sea con la participación de tutores, pareja, y personal sanitario.

Por peculiaridades comentadas en capítulos anteriores, como la precocidad en las relaciones sexuales, la alta fertilidad a esta edad, el mal uso de los sistemas anticonceptivos, hacen que esta situación sea relativamente frecuente.

 

Se puede llegar al embarazo no deseado, por:

  • Una actitud de riesgo asumida: creencia de escasa posibilidad de embarazo ante una relación sexual sin protección.
  • Fallo en el sistema anticonceptivo: siendo el más frecuente el no uso del mismo. La excusa más frecuente es la rotura del preservativo, cuando la realidad es que no se usa adecuadamente.
  • Relaciones sexuales no consentidas: como la violación, o la relación sexual, bajo el efecto del alcohol o drogas, en el que la capacidad de decisión está muy disminuida, o anulada.
  • Desconocimiento: cada vez menos frecuente, ya que las campañas de información y divulgación de sistemas anticonceptivos en colegios, medios de comunicación, y ambientes sanitarios son cada vez más frecuentes y asequibles.

Si la decisión ante un embarazo no deseado, es la de continuación se deben asumir las consecuencias de tipo personal, familiar, económicas y sociales.

Si por el contrario, la decisión ha sido la de interrupción, hay que meditar igualmente las consecuencias, buscar el apoyo del entorno tanto familiar, como sanitario, y planificar la conducta para evitar en un futuro una situación semejante.

Con la previsión de la nueva Ley que se prevee que se apruebe en España, en el último trimestre de 2009, la interrupción del embarazo será libre hasta las 14 semanas, y no precisará consentimiento de los tutores a partir de los 16 años. A partir de las 14 semanas, deberá entrar en uno de los supuestos que fije la Ley.

El tipo de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), dependerá del momento en el que se deba realizar.

  • Antes de las 6 semanas (15 días de falta), es posible realizar un aborto farmacológico, es decir a base de unos medicamentos (Mifepristona y Misoprostol), que deben ser prescritos por un médico y en un centro especializado. Es eficaz en un 80-90% de los casos, y precisa seguimiento, para comprobar la total limpieza del útero. Si no es así, debe completarse con un aspirado.
  • Entre las 6 semanas y las 14 semanas, debe realizarse un IVE quirúrgico. Siempre precisará algún tipo de anestesia (local, o general), un ingreso variable en clínica entre 2h y 8h, y debe realizarse siempre en un Centro acreditado, y por personal especializado.
  • A partir de las 14 semanas, siempre deberá realizarse bajo anestesia locoregional, o general. No todos los centros acreditados para IVE, están capacitados para este tipo de intervención, pues precisan instalaciones adecuadas y personal especialmente entrenado, para minimizar las posibles consecuencias sobre la mujer.

 

Situación legal de la adolescente

Dado que la adolescencia abarca un rango de edad muy especial, se da la circunstancia que la situación ante eventos sanitarios puede variar radicalmente de un año a otro.

  • A partir de los 18 años, la mayoría de edad jurídica es plena, y la mujer puede adoptar todo tipo de decisiones. En el ámbito sanitario, puede decidir una IVE, o aceptar o rechazar cualquier tipo de tratamiento médico, sin necesidad de ninguna autorización.
  • Entre los 16 y 18 años, puede tomar decisiones de tipo sanitario como interrumpir un embarazo, o aceptar o denegar un tratamiento médico, pero no puede ser donante de ovocitos, ni ser sometida a una intervención de cambio de sexo.
  • Entre los 12 y 16 años, toda decisión debe ser autorizada por sus padres o tutores, pero hay que tener en cuenta su opinión. En algunos casos, si se cataloga a la menor, como menor maduro, puede prescindirse de esta autorización. Se trata de una figura legal, mal definida, que deja en manos del médico la posibilidad de decidirlo, pero que puede no ser amparada por un juez.
  • Menos de 12 años, no dispone de autonomía legal en ninguno de los casos, y siempre deberá ser autorizada por sus tutores.

 

Preguntas y respuestas

¿La causa más frecuente del embarazo no deseado es la rotura del preservativo?

R.-No. Los preservativos actuales siguen unos controles de calidad exhaustivos que hace difícil su rotura en el transcurso de una relación sexual. La causa más frecuente es el no uso del preservativo.

 

¿Se pueden adquirir fácilmente los medicamentos para abortar en las primeras semanas de amenorrea?

R.-No. Son medicamentos que solo se pueden conseguir en los centros acreditados en la interrupción voluntaria del embarazo, y que deben seguir un control médico estricto. En Internet hay ofertas, pero hay que desconfiar de su composición, y sobre todo de la idoneidad de tomarlas.

 

¿ Siempre es necesaria una anestesia para una IVE?

R.- En las IVEs de menos de 12 semanas, puede optarse por una anestesia local, a nivel del cuello uterino, si la mujer acepta y tolera las molestias que notará. A partir de este momento, siempre hará falta una anestesia general o locoregional.

 

¿ En caso de un IVE de más de 14 semanas, se puede ir a cualquier centro acreditado?

R.-No. Tan solo hay unos centros, que están especializados en las interrupciones de más de 14 semanas. Deben disponer de unas instalaciones adecuadas, y de un personal médico y paramédico especialmente entrenado, no tan solo en la intervención, sino en la resolución de los posibles problemas que se puedan presentar.

 

¿Es necesario hacer algún control tras someterse a un IVE?

R.- Es aconsejable. Todos los centros, citan a las mujeres para realizar un control y asegurarse que no hay problemas. En caso de que la mujer disponga de ginecólogo, puede ser éste quien lo realice. Es un buen momento para hablar con la mujer, informarle, y proponerle sistemas anticonceptivos idóneos para ella.

 

¿Quien decide que una menor, es menor responsable?

R.-En principio es el médico, quien a través de la entrevista puede decidir que la menor es responsable. Los criterios no están bien definidos, y es posible que en problemas posteriores un juez no esté de acuerdo con la decisión y pueda penalizar al médico. Por ello, y mientras no se especifique mejor, es difícil que un médico tome la decisión si no se encuentra en un estado de urgencia.

 

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